{"id":1286,"date":"2010-07-30T18:45:23","date_gmt":"2010-07-30T21:45:23","guid":{"rendered":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/?p=1286"},"modified":"2013-02-22T17:57:21","modified_gmt":"2013-02-22T20:57:21","slug":"registro-de-operaciones-inmobiliarias-amplian-normativa-2","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/registro-de-operaciones-inmobiliarias-amplian-normativa-2\/","title":{"rendered":"Registro de Operaciones Inmobiliarias: ampl\u00edan normativa"},"content":{"rendered":"<p><strong>Desde el lunes 2 de Agosto de 2010, rige nueva resoluci\u00f3n que afecta a rentistas, propietarios de inmuebles urbanos o rurales y a desarrolladores inmobiliarios.<br \/>\nAcceda a instructivo para inscribirse, fechas, vencimientos y vigencias del nuevo r\u00e9gimen que afecta a gran parte del mercado inmobiliario.<\/strong><\/p>\n<p>A trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 2168, la AFIP crea el \u201cRegistro de Operaciones Inmobiliarias\u201d en el que deben inscribirse los sujetos que intervienen en las operaciones de compraventa y\/o locaci\u00f3n (alquiler o arrendamiento) de bienes inmuebles, o aquellos que realizan estas operaciones en cuenta propia cumpliendo las siguientes condiciones:<\/p>\n<p>\u2022 Intermediaci\u00f3n en la compraventa y\/o alquiler de bienes inmuebles, percibiendo una comisi\u00f3n retribuci\u00f3n y\/u honorario<br \/>\n\u2022 Locaci\u00f3n de bienes inmuebles (incluido leasing) por cuenta propia o por intermediarios, siempre y cuando las rentas brutas por dichas operaciones en su conjunto sumen un monto igual o superior a $8.000 mensuales.<br \/>\n\u2022 Locaci\u00f3n de espacios fijos o m\u00f3viles (cocheras, bauleras, localizaci\u00f3n de antenas, etc) delimitadas dentro de bienes inmuebles, cuyas rentas brutas sumen un monto igual o superior a $8.000 mensuales.<br \/>\n\u2022 Cesi\u00f3n de derechos reales a titulo oneroso sobre inmuebles urbanos, siempre que las rentas brutas sean iguales o superiores a $8.000 mensuales<br \/>\n<!--more-->\u2022 En el caso de inmuebles rurales, se tendr\u00e1 en cuenta que la superficie sea igual o superior a 30 hect\u00e1reas individuales o en su conjunto.<br \/>\n\u2022 Cesi\u00f3n de derechos reales a titulo oneroso sobre inmuebles rurales, cuya superficie sea igual o superior a 30 hect\u00e1reas (individual o en su conjunto)<br \/>\n\u2022 Desarrollo de emprendimientos inmobiliarios (loteo, construcciones, urbanizaciones, subdividsiones o similares) que generen operaciones de compraventa sin la intermediaci\u00f3n de un sujeto registrado previamente, cuando se efect\u00faen:<br \/>\no m\u00e1s de 3 operaciones durante el a\u00f1o fiscal o<br \/>\no el monto de la escritura o boleto de compraventa (el que fuere mayor) en su conjunto no supere los $300.000<\/p>\n<p>Este registro genera la obligaci\u00f3n de la inscripci\u00f3n a los sujetos alcanzados por este r\u00e9gimen (en adelante empadronamiento) por cada operaci\u00f3n realizada. En tanto para aquellos que act\u00faen como locatarios o cesionarios se requiere la obligaci\u00f3n adicional de realizar la declaraci\u00f3n jurada informativa anual de las operaciones. Este tr\u00e1mite se formaliza por internet con clave fiscal, en la p\u00e1gina de la AFIP <a href=\"http:\/\/www.afip.gob.ar\/\">www.afip.gob.ar<\/a><\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong>1. \u00bfC\u00f3mo debo inscribirme?<\/strong><\/p>\n<p>Es un tr\u00e1mite que se realiza por Internet, a trav\u00e9s de la p\u00e1gina de la afip <a href=\"http:\/\/www.afip.gob.ar\/\">www.afip.gob.ar<\/a> accediendo con \u201cCUIT o CUIL\u201d y \u201cClave Fiscal\u201d. En caso de no contar con clave fiscal deber\u00e1 solicitar la misma ante la AFIP en forma personal o por internet. Para m\u00e1s informaci\u00f3n sobre clave fiscal referirse a: <a href=\"https:\/\/www.afip.gob.ar\/claveFiscal\/registrar\/frmSolicitudAltaClaveFiscal_paso1.aspx\">https:\/\/www.afip.gob.ar\/claveFiscal\/registrar\/frmSolicitudAltaClaveFiscal_paso1.aspx<\/a><\/p>\n<p>Una vez que se accede con clave fiscal se deber\u00e1 ir al item de \u201cAdministraci\u00f3n de Relaciones\u201d y buscar dentro de los servicios de la AFIP el item \u201cRegistro de Operaciones Inmobiliarias\u201d y aceptar la utilizaci\u00f3n de este servicio. Una vez aceptado el servicio, se deber\u00e1 ingresar nuevamente con CUIT y clave fiscal, entrando al servicio \u201cregistro de Operaciones Inmobiliarias\u201d opci\u00f3n \u201cEmpadronamiento\u201d<\/p>\n<p>Los sujetos obligados deben \u201cempadronarse\u201d en forma individual por cada tipo de operaci\u00f3n, dentro de los 10 d\u00edas h\u00e1biles administrativos de reunidas las condiciones.<\/p>\n<p>El sistema validar\u00e1 domicilio fiscal declarado, y trat\u00e1ndose de intermediarios que perciban comisi\u00f3n y\/u honorarios validar\u00e1 que la actividad del sujeto sea la correspondiente. En caso de encontrar incongruencias no se emitir\u00e1 el comprobante de \u201cConstancia de Empadronamiento\u201d.<\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong>2. \u00bfQu\u00e9 debo informar y cuando?<\/strong><\/p>\n<p>Los sujetos obligados deben \u201cempadronarse\u201d en forma individual por cada tipo de operaci\u00f3n, dentro de los 10 d\u00edas h\u00e1biles administrativos de reunidas las condiciones.<\/p>\n<p>Los inscriptos en este registro que asuman el car\u00e1cter de locador, arrendador, cedente o similar deben cumplir con un r\u00e9gimen de informaci\u00f3n adicional, excepto que se trate de inmuebles que:<\/p>\n<p>\u2022 Sean objeto de concesiones o derechos de explotaci\u00f3n industrial o comercial<br \/>\n\u2022 Se destinen a la realizaci\u00f3n de eventos, espect\u00e1culos, convenciones, congresos o similares<br \/>\n\u2022 Se encuentren sujetos a Sistemas Tur\u00edsticos de Tiempo Compartido regulados por la LEY N\u00ba 26356<br \/>\nEste r\u00e9gimen de informaci\u00f3n, es una \u201cdeclaraci\u00f3n jurada informativa\u201d que vencer\u00e1 el d\u00eda 26 del mes inmediato posterior a aquel en que se conforme el respectivo contrato de locaci\u00f3n y\/o cesi\u00f3n. En el caso de modificaciones de contratos, podr\u00e1n ser informados hasta el \u00faltimo d\u00eda h\u00e1bil del mes siguiente.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n se completar\u00e1 por Internet con Clave Fiscal en la opci\u00f3n de \u201cRegistro de Operaciones Inmobilarias\u201d apartado \u201cLocaciones y\/o Cesiones de Inmuebles\u201d. Se completar\u00e1 con informaci\u00f3n detallada sobre inmueble a ceder, datos del contrato, montos acordados, fechas de duraci\u00f3n, etc. Como finalizaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n el sistema emite una constancia. Una copia de esta constancia ser\u00e1 entregada al locatario o cesionario.<\/p>\n<p>Adicionalmente, se deber\u00e1 presentar una declaraci\u00f3n anual, en el mismo apartado del p\u00e1rrafo anterior, opci\u00f3n \u201cDDJJ anual\u201d con vencimiento 26 de marzo del a\u00f1o calendario inmediato posterior a aquel que corresponda la informaci\u00f3n. Esta declaraci\u00f3n deber\u00e1 cumplimentarse aunque no existan operaciones a informar, en cuyo caso se informar\u00e1 \u201csin movimientos\u201d<\/p>\n<p>En aquellos casos que no se cumpla con el r\u00e9gimen de informaci\u00f3n o la entrega de constancias correspondientes, los sujetos agentes de retenci\u00f3n, deber\u00e1n retener impuesto a las ganancias bajo la al\u00edcuota m\u00e1s alta de retenci\u00f3n. Por otra parte, se contemplan sanciones espec\u00edficas por el no cumplimiento de la normativa.<\/p>\n<p><strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong>3. \u00bfCu\u00e1l es la vigencia del r\u00e9gimen?<\/strong><\/p>\n<p>El r\u00e9gimen tiene vigencia a partir del 01 de agosto del 2010 inclusive<\/p>\n<p>El cumplimiento al r\u00e9gimen de informaci\u00f3n por parte de los contratos celebrados con anterioridad al 1 de agosto de 2010 que se encuentren vigentes, podr\u00e1 ser presentada hasta el 30 de septiembre del a\u00f1o en curso<\/p>\n<p>Los nuevos sujetos que deban empadronarse podr\u00e1n cumplir con dicha obligaci\u00f3n hasta el 31 de Agosto del a\u00f1o en curso.<\/p>\n<p>Carina Vallone &#8211; Contadora P\u00fablica &#8211; UBA<br \/>\n<a href=\"mailto:carinavallone@valloneconsultores.com.ar\">carinavallone@valloneconsultores.com.ar<\/a><\/p>\n<p><strong>30 de julio de 2010, publicado en Reporte Inmobiliario.com<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde el lunes 2 de Agosto de 2010, rige nueva resoluci\u00f3n que afecta a rentistas, propietarios de inmuebles urbanos o rurales y a desarrolladores inmobiliarios. Acceda a instructivo para inscribirse, fechas, vencimientos y vigencias del nuevo r\u00e9gimen que afecta a gran parte del mercado inmobiliario. A trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 2168, la AFIP crea &hellip; <\/p>\n<p class=\"link-more\"><a href=\"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/registro-de-operaciones-inmobiliarias-amplian-normativa-2\/\" class=\"more-link\">Segu\u00ed leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> &#8220;Registro de Operaciones Inmobiliarias: ampl\u00edan normativa&#8221;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[4],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1286"}],"collection":[{"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1286"}],"version-history":[{"count":14,"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1286\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2233,"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1286\/revisions\/2233"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1286"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1286"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/blog.topinmobiliario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1286"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}