Se aceptó una demanda de inconstitucionalidad por la aplicación del VIR; el gobierno porteño tiene 30 días para responder.
El Tribunal Superior de la Ciudad de Buenos Aires aceptó una demanda de inconstitucionalidad por la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia (VIR); ahora, el gobierno porteño tiene 30 días para contestar, con lo cual ha creado expectativas en el mercado inmobiliario.
El VIR es la valuación más utilizada en la compraventa de inmuebles, debido a que generalmente es la de mayor valor para fijar el monto de escrituración de toda venta, teniendo en cuenta que se comprará contra el valor de escrituración y el valor fiscal del inmueble, y de éstos se toma el mayor para abonar los impuestos de la escritura.
“El VIR es anticonstitucional y se debe a que fue creado unilateralmente por el gobierno de la ciudad. Para poder calcular la alícuota por pagar se debería, como mínimo, tasar y o conocer el inmueble para saber el valor real de venta, cosa que con el VIR no se logra, ya que se fija un monto desde un escritorio, sin tener en cuenta si el inmueble posee mejoras, refacciones, ubicación y más”, explicó Jorge Toselli, presidente de JT Inmobiliaria.
Por su parte, Mario Gómez, director de Le Bleu Negocios Inmobiliarios, indicó: “Se necesita seguridad jurídica y reglas de juego claras por parte del Estado. Esto incluye el diseño de una estructura impositiva que aliente la inversión. Por eso preocupa la voracidad fiscal. Una carga impositiva elevada desalienta la inversión y traba las actividades. La alta presión fiscal es un factor movilizador de la evasión”, expresó.
Y Toselli fue más allá: “Para que este impuesto no sea cuestionable habría que hacer lo que hacemos los inmobiliarios: ver uno por uno todo el stock de inmuebles en venta, algo casi imposible de realizar por el volumen de unidades y el corto tiempo que lleva realizar una operación”.
Si se aceptara el planteo presentado, eso brindaría mayor tranquilidad al sector. “Así, los contribuyentes no estarían obligados a pagar impuestos por valores distorsionados de los reales, debido a que es muy común vender un inmueble en $ 400.000 y por el VIR está valuado en $ 450.000. Es decir, abonar mayor impuesto que por el valor que se concreta la operación, cuanto menos, es desacertado. Sería una medida destacable, de lograrse, ya que no tendrían las partes que abonar impuestos que en realidad no les pertenecen”, agregó Toselli.
“Cuando un gobierno desea aumentar su recaudación, parece lógico aconsejar que suba los impuestos, ya sea ampliando el número de ciudadanos que tributan o subiendo las alícuotas impositivas promedio. Sin embargo, un aumento de impuestos produce un descenso de la renta disponible y una disminución de la base imponible sobre la que se aplican los impuestos. Una disminución en las alícuotas provoca aumentos en las rentas, en el consumo, la producción y una mayor recaudación”, añadió Gómez.
Por otra parte, “las cargas impositivas excesivamente altas propician el fraude y la evasión fiscal hacia paraísos fiscales. También una alícuota impositiva alta puede llevar a la sociedad a sustituir trabajo por ocio, reduciéndose así el bienestar colectivo, pues se tributa menos y crece menos la economía”, dijo Gómez.
Desde el Colegio de Escribanos de la Ciudad, su titular, Carlos D’Alessio, expresó: “Entendemos que es un derecho fiscal que tiene el gobierno. En primera instancia se deben respetar las bases por las que se liquidan los impuestos. En la práctica, la fijación de los gravámenes estaba atrasada entre un 20 y un 30%. La aplicación del VIR ha originado una mayor transparencia en las operaciones, evita la evasión de impuestos y pauta el valor real del inmueble. Esta aplicación no nos origina ningún tipo de trastorno en nuestro trabajo. No le encontramos ninguna traba a la actividad, y además es una facultad del Ejecutivo”.
Aunque los operadores del sector entienden que muchos gobiernos han comprendido la capacidad del sector inmobiliario para incrementar la actividad económica, combatir el desempleo y disminuir el déficit habitacional han reducido impuestos ligados a este segmento.
Publicado por La Nacion, 5 de marzo de 2011.