Desde marzo rige la registración de alquileres en la AFIP

A partir del 1º de marzo, los contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos de alquiler quedan obligados a la registración de la operación en la Afip.

Mediante la Resolución General N° 4933, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el registro de contratos de locación de inmuebles previsto en la Ley 27.551, con el que busca obtener información para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones.

Si bien no son sujetos obligados, la normativa contempla la posibilidad de que los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) registren un contrato en representación de sus clientes. También prevé que los sujetos que asuman el carácter de locatarios o arrendatarios podrán informar en forma voluntaria un contrato.

Cabe resaltar que, desde su sanción en junio del año pasado, la ley de Alquileres además de generar críticas entre los integrantes del sector, que sostienen que produce desinversión, ya tuvo como efecto el achicamiento del mercado de locaciones, que vio reducir considerablemente la oferta.

Los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.

Los contratos alcanzados por el Régimen de Registración de contratos de locación de Inmuebles son: Locaciones de bienes inmuebles urbanos; arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales; locaciones temporarias de inmuebles –urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares; locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, entre otros.

Jueves 18 de febrero de 2021
Publicado en Indicadores y Finanzas de www.areas-digital.com.ar

El sector espera ansioso la exención del IVA

Los desarrolladores aguardan con esperanza que finalmente en marzo el Gobierno de luz verde a la exención impositiva para las viviendas de hasta 140.000 UVA (equivalentes a US$113.000). La medida les permitiría ahorrar el 10,5 por ciento del IVA que hoy pagan y, según los empresarios, podrían bajar el precio de las propiedades en ese porcentaje. Con esta medida, el Gobierno busca impulsar la construcción de unidades destinadas a personas que las compran como primera vivienda. El beneficio ya figura en los artículos 96, 97, 98 y 99 de la ley de presupuesto 2019, pero resta la reglamentación de la AFIP que definirá cómo funcionará.

La discusión que mantiene el sector con el Gobierno es si ese beneficio no se pagará -como sucede con el sector de la energía renovable- o si los constructores deberán abonarlo y luego les será reintegrado. Esta última opción fuertemente resistida por el sector inmobiliario. Un dato a tener en cuenta es que la exención se aplicará a los proyectos iniciados a partir del primero de enero pasado o los que tengan un grado de avance que no supere el 25 por ciento y siempre que finalicen como fecha tope en diciembre de 2022.

Además, la exención no será ilimitada: regirá hasta una cantidad máxima de 60.000 viviendas a nivel nacional, acotada a un máximo de 3000 unidades en el caso de las iniciadas antes de 2019. La iniciativa podría impulsar que los desarrolladores que se stockearon de tierra en barrios accesibles, pensando en la demanda que compraba con crédito UVA antes de la devaluación, se animen a iniciar los proyectos. De esta forma los compradores podrían conseguir departamentos chicos desde US$60.000 en barrios como La Boca hasta US$80.000 en zonas como Belgrano.

Por Carla Quiroga, Sábado 9 de marzo de 2019
Publicado en el suplemento Propiedades & Countries del diario LA NACION

La Corte confirmó un fallo que exime a los consorcios de dar datos de los propietarios

De esa manera dejó sin efecto dos resoluciones de la AFIP que obligaba a los administradores a dar información sobre los propietarios o inquilinos que pagan más de $ 600 de expensas.

La Corte Suprema le puso punto final a un juicio que se inició hace tres años por dos polémicas resoluciones de la AFIP que obligaban a los administradores de consorcios a informarle al órgano recaudador los datos de los propietarios o inquilinos que pagan más de 600 pesos de expensas y de quienes tienen terrenos de más de 400 metros cuadrados en countries o casas de campo. Aunque las normas impugnadas eran obligatorias, en la práctica muchos administradores no las estaban cumpliendo. Los que sí lo hacían, se quejaban por los costos que les implicaba.

Seguí leyendo “La Corte confirmó un fallo que exime a los consorcios de dar datos de los propietarios”

Transcripción de la RESOLUCION GENERAL AFIP Nº 2910 / 2010, “Régimen de Información de Alquileres”, fue prorrogada hasta el 1º de Junio de 2011

Resolución General AFIP Nº 2910/2010
14 de Septiembre de 2010

Estado de la Norma: Vigente

Boletín Oficial: 17 de Septiembre de 2010

ASUNTO

Procedimiento. Operaciones de compraventa y/o locación de bienes inmuebles. Agentes que intervienen en el mercado inmobiliario. Registro de Operaciones Inmobiliarias. Empadronamiento. Régimen de información. Resolución General N° 2820. Su modificación.

Seguí leyendo “Transcripción de la RESOLUCION GENERAL AFIP Nº 2910 / 2010, “Régimen de Información de Alquileres”, fue prorrogada hasta el 1º de Junio de 2011”

La AFIP prorrogó hasta junio de 2011 el plazo para informar operaciones inmobiliarias

La obligación alcanza a los operadores del sector en tanto realicen más de tres ventas al año o superen en conjunto los 300.000 pesos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta junio del año próximo la entrada en vigencia del nuevo régimen que obliga a informar operaciones inmobiliarias.

El vencimiento original estaba previsto para fin de este mes y de acuerdo a la flamante resolución 2.910 publicada en el Boletín Oficial el plazo se extendió hasta el 30 de junio de 2011. Seguí leyendo “La AFIP prorrogó hasta junio de 2011 el plazo para informar operaciones inmobiliarias”