Reglamentan la Ley de Incentivo a la Construcción

Mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 244/2021, se reglamentó la Ley N° 27.613 de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, destinado a promover la inversión en el sector.

“Todos los fondos declarados deberán encontrarse afectados al desarrollo o la inversión, en proyectos inmobiliarios, con anterioridad al 31 de diciembre de 2022, inclusive”, se remarcó en la norma, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Será la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la encargada de instrumentar “un registro a los efectos de que el desarrollador o la desarrolladora, constructor o constructora o vehículo de inversión que realice los proyectos inmobiliarios comunique el tipo de obra, la aprobación del permiso de obra, su grado de avance y cualquier otro dato con relación a todo ello, que ese organismo estime pertinente”.

El blanqueo de fondos en el exterior no declarados que se podrán repatriar para proyectos inmobiliarios a realizarse en el país, es para obras privadas nuevas que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la Ley, como construcciones, ampliaciones e instalaciones, entre otras, y que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, se encuentren sujetos a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente. Quedan comprendidas dentro de la definición de obras privadas nuevas aquellas que cuando entró en vigencia esta ley hayan tenido un grado de avance inferior al 50% de la finalización de la obra. El Gobierno aclaró que “el porcentaje de grado de avance mencionado deberá acreditarse teniendo en cuenta la información presentada ante las autoridades edilicias competentes y/o mediante un dictamen de un profesional matriculado o una profesional matriculada competente en la materia, considerando el proyecto inmobiliario declarado hasta la entrada en vigencia de esa ley, el que debe incluir las construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otros trabajos, que se hubieran realizado a esa fecha”.

ALCANCES

Se entiende como inversiones en los proyectos inmobiliarios, sea de manera directa o a través de terceros, a aquellas que, según corresponda, se efectivicen, por ejemplo, mediante: a) la suscripción de boleto de compraventa u otro compromiso similar, b) el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, c) aportes a fideicomisos constituidos en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación y d) la suscripción, en el mercado primario, de Fondos Comunes de Inversión y/o de fideicomisos financieros, autorizados por la Comisión Nacional de Valores.

La exención del impuesto sobre los bienes personales procede respecto de aquellas inversiones que se efectivicen a partir de la entrada en vigor de la citada norma legal. La ley exime de dicho tributo al valor de las inversiones en proyectos de inversión realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022. También establece que podrá computarse como pago a cuenta de Bienes Personales el equivalente al 1% del valor de las inversiones en proyectos inmobiliarios.

Los residentes que declaren de manera voluntaria sus tenencias de moneda nacional y/o extranjera, en el país y/o en el exterior, una vez efectuado el depósito previsto en la Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar), podrán optar por afectar esos fondos, en forma total o parcial, con anterioridad a la inversión en el proyecto inmobiliario, a cualquiera de los siguientes destinos: Mantenerlos depositados en su moneda de origen; tratándose de moneda extranjera, venderlos en el Mercado Libre de Cambios, a través de la entidad financiera en la que se efectuó el depósito; aplicarlos transitoriamente, y por única vez, a la adquisición de títulos públicos nacionales, para su posterior venta con liquidación, exclusivamente, en moneda de curso legal. “En aquellos casos en que se hubiera declarado tenencia en moneda extranjera, la venta con liquidación deberá efectuarse dentro del plazo que, a esos efectos, establezca la Comisión Nacional de Valores.

Lunes 19 de abril de 2021
Publicado en Indicadores y Finanzas de www.areas-digital.com.ar

Apoyo a medidas de incentivo a la construcción

Los recientes anuncios del Gobierno destinados a incentivar las nuevas obras, tuvieron el apoyo de la Cámara de la Construcción, ya que dicen “están en sintonía con el trabajo que viene realizando la institución”.

De acuerdo con los anuncios realizados por el titular de Economía, Martín Guzmán, las propuestas que tomarán forma a través de dos proyectos de Ley, establecen la exención de bienes personales durante tres años sobre los activos financieros que se apliquen a nuevas construcciones;  se difiere el pago del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre las Transferencias de Inmuebles correspondiente al aporte de un inmueble a un proyecto de construcción hasta el momento de finalizada o cobrada la obra.

También se propone la creación de un Fondo Fiduciario de Cobertura y Promoción para brindar sustentabilidad al sistema de crédito hipotecario.

La Cámara Argentina de la Construcción celebra las medidas anunciadas ya que “están en sintonía al trabajo que viene realizando nuestra institución a favor de la reconstrucción de la economía del país a través de la construcción privada y pública” y  la inversión en ambos sectores es esencial para ese fin.“Este paquete de medidas tiene como objetivo movilizar la inversión hacia la industria de la construcción a través de incentivos fiscales que entre otra cosas, generen ofertas de viviendas”.  

Para la CAMARCO, “Adicionalmente se brindará a los argentinos la posibilidad de acceder a las mismas, mediante créditos hipotecarios que varíen en función del salario, generando así una certeza en cuanto al impacto de la cuota de los mismos en los ingresos del grupo familiar. Ambas medidas generan la esperanza para los argentinos de poder acceder a una vivienda a través de un crédito hipotecario, con todo lo que ello implica en términos sociales y en el combate contra la pobreza y la desigualdad”.

PRECIOS CUIDADOS

En el mismo contexto se incluye la ampliación del programa Precios Cuidados para el sector de la construcción, que incluye cerca de 100 productos que servirán como referencia.El objetivo es estabilizar el precio de los materiales para que la recuperación del sector no se detenga.La medida impactará sobre 17 rubros: aberturas, arena, cal, cemento, cerámicos, chapa, grifería, hierro, ladrillo, pinturas, sanitarios y yeso, entre otros. Acorde avance el programa se promoverá una mayor participación del sector privado y se buscará incrementar la variedad en la oferta.

Lunes 5 de octubre de 2020
Publicado en Indicadores y Finanzas de www.areas-digital.com.ar